Se otorgará al cónyuge e hijos menores de 18 años de edad, no emancipados; a los progenitores y padres políticos,
previa comprobación fehaciente del vínculo familiar de dependencia económica, a solicitud de los titulares de los visados de transeúnte inversionista,
transeúnte empresario, transeúnte rentista, transeúnte estudiante o laboral.
REQUISITOS:
Planilla de solicitud de visa, complementada en letra legible y sin tachadura.
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