La Visa de Transeúnte Rentista se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, con igual término de permanencia.
Una vez vencida, podrá ser prorrogada por términos iguales por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
previa justificación de que subsisten las fuentes de ingresos extranjeros.
Se otorgará a personas no migrantes, que vivan de sus rentas lícitas o pensión, con ingreso mensual equivalente a US$ 1,200.00,
generados en el exterior. Cuando viaje acompañado por miembros de su familia,
deberá comprobar poseer ingresos mensuales fijos de US$ 500.00 por cada acompañante.
REQUISITOS:
Una vez recibidos todos los documentos, esta Misión Consular requiere unos cinco (5) días hábiles para su análisis y aprobación final.
Posteriormente, el interesado deberá remitir, por correo postal certificado, mensajería privada o en persona el pasaporte original.
Una vez recibidos todos los recaudos correctamente, esta Misión Consular procederá a la elaboración y estampado del visado y le comunicará al interesado la fecha en la cual debe presentarse para retirar su pasaporte.
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