Registro de matrimonio (Edictos)


 

Todo venezolano (a) que haya contraído matrimonio en la Comunidad Autónoma de Canarias, deberá remitir dentro de los seis meses siguientes de haberse celebrado el matrimonio, copia legalizada del acta de matrimonio para su inserción en los libros de la autoridad civil de la parroquia o municipio correspondientes en el territorio venezolano (Art. 92 y Art. 103 del Código Civil).


  1. Presentar debidamente cumplimentada, en letra legible y sin tachaduras, un (1) original de la planilla de extracto de matrimonio.


   2. Enviar por correo postal la siguiente documentación a la dirección de esta sede consular: Av Francisco La Roche, Nº 23. 38001, Santa Cruz de Tenerife.


  • Presentar dos (2) copias originales del Acta de Matrimonio del Registro Civil español, debidamente legalizados con la Apostilla de La Haya (Ministerio de Justicia de España), junto con tres (3) copias legibles de la misma. Las copias originales no se devolverán al solicitante.
  • Presentar cuatro (4) copias legibles de la partida de nacimiento, pasaporte venezolano y cédula de identidad de los cónyuges (si ambos son venezolanos). En caso de que uno de los cónyuges posea otra nacionalidad distinta de la venezolana deberá presentar cuatro (4) fotocopias del pasaporte y de su partida de nacimiento.
  • Si uno de los cónyuges es venezolano por naturalización deberá presentar cuatro (4) copias legibles de la resolución publicada en la Gaceta Oficial o de la Constancia de Naturalización expedida por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Dirección Nacional de Identificación.
  • Si uno de los cónyuges era divorciado, deberá presentar cuatro (4) copias legibles del acta del divorcio (si el divorcio se realizó fuera de Venezuela debe estar debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya).


ESTE TRÁMITE NO REQUIERE EL PAGO DE TASAS CONSULARES.


TIEMPO DE ENTREGA:

El tiempo de entrega de este trámite depende del volumen de solicitudes que se estén procesando; como referencia, se estima en unos treinta (30) días.


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